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Capacidad para la toma de decisiones, enfermedad mental y planificación anticipada de las decisiones

En ocasiones se utilizan los términos capacidad y competencia como si fuesen sinónimos, pero no lo son. Es importante distinguir capacidad legal de capacidad de hecho.

  • Capacidad legal. Hace alusión a las exigencias que solicita «el ordenamiento jurídico y mediante los que se reconoce la aptitud del sujeto para ejercer sus derechos y realizar actos válidos».
  • Capacidad de hecho. Se vincula con las «aptitudes del sujeto, aquí y ahora, para realizar dicho acto y no otros».
    • Este último término, el que alude a la competencia, está especificado en el ámbito sanitario. La competencia se usa para describir el estado de un paciente que puede legítimamente participar en la toma de decisiones respecto al diagnóstico y tratamiento para su enfermedad, porque posee las aptitudes y habilidades psicológicas necesarias para garantizar que su decisión es expresión de un grado suficiente de autonomía personal. (Simón, 2000).
    • La competencia se muestra en un contexto específico al manifestar las capacidades relevantes para desempeñar un cometido determinado. La competencia puede variar: una persona puede ser capaz de realizar un acto y ser incapaz para otro, e incluso, puede cambiar con el tiempo, de manera que la competencia ha de ser concebida como gradual. El grado de competencia en una persona puede ser fluctuante y más aún en pacientes psiquiátricos cuya sintomatología evoluciona por fases en las que puede haber una mejoría o empeoramiento clínico.
    • Por eso su valoración ha de ser continuada y periódica, para determinar si hay o no competencia. Así, la competencia ha de entenderse como un continuum que va desde la incapacidad total a la capacidad total.
    • De la misma manera que con cualquier otro tipo de paciente, en la enfermedad mental hemos de partir de que las personas son competentes para la toma de decisiones, excepto en casos claros como agitación psicomotriz, delirios, etc., y, en todo caso, hay que demostrar, mediante los instrumentos que evalúan la competencia, si no lo son.
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