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Funciones

El Comité de Ética es una comisión consultiva, interdisciplinar e independiente de deliberación racional, plural y crítica de los problemas morales,  al servicio de las personas que interactúan en el ámbito de los servicios sociales.
 
Tiene como misión el asesoramiento ético para  mejorar la calidad en la toma de decisiones en situaciones de incertidumbre y que, - desde una óptica que contempla la complejidad del horizonte de valores de nuestra sociedad -, se posibilitan modos de actuación para  reforzar y consolidar las buenas prácticas en el trabajo, así como mejorar la calidad de la intervención social en general y de la práctica diaria en particular.
 
Sus informes no son vinculantes y nunca pueden sustituir las decisiones de los profesionales, ni asumir sus responsabilidades.
 
El CEISA depende orgánicamente de la Dirección de Servicios Sociales del Departamento Foral del mismo nombre,  si bien es autónomo en sus funciones y actuaciones.
 
Funciones
 
  • Favorecer la toma de conciencia profesional y ciudadana de la importancia de una reflexión ética en el marco de los servicios sociales.
  • Promover la introducción de perspectivas éticas en las  actuaciones sociales.
  • Deliberar sobre los valores presentes en los conflictos éticos en orden a tomar las mejores decisiones posibles.
  • Dar respuesta  a las consultas sobre las problemáticas éticas particulares provenientes de las personas  trabajadoras, usuarias, familiares que puedan surgir en el desarrollo de las relaciones asistenciales.
  • Proponer protocolos de actuación para aquellas situaciones que, por su mayor frecuencia o por su gravedad, generen conflictos éticos.
  • Promover y colaborar en la formación continua en ética de sus miembros y de y de los/las profesionales de los servicios sociales.
No son funciones de un Comité de Ética
 
  • El Comité de Ética en Intervención Social no informa, perita o se  manifiesta sobre las denuncias, quejas  o reclamaciones que afecten a los aspectos procedimentales técnicos de la intervención social.
  • Tampoco interviene en acciones judiciales, ni en recursos administrativos.
  • No emite juicios sobre la ética profesional o las conductas de las personas usuarias.
  • No interviene en asuntos que competen a otros ámbitos de la administración u organización (comités deontológicos colegiales, comisiones disciplinarias, sindicales, etc).
  • No realiza estudios ni informes cuyo objetivo sea el análisis de temas sociales o económicos, directa o indirectamente relacionados con los servicios sociales.
Composición
 
El comité está compuesto por un grupo transdisciplinar formado por personas con formaciones académicas y  profesiones  diferentes, que desempeñan su trabajo en distintas instituciones y entidades relacionadas con los servicios sociales.
 
Cuenta tanto con personas que trabajan en relación directa y habitual con las personas usuarias de los servicios sociales, como con personas cuya función no es asistencial. Todas ellas participan en el comité de manera voluntaria.
 
Dirigido a
  
  • Personas usuarias de los Servicios Sociales.
  • Familiares, acompañantes y representantes de las personas usuarias.
  • Profesionales de  instituciones, centros, servicios y  entidades.
  • Responsables y gestores de servicios sociales.

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